JUSTAS CAUSAS DE TERMINACIÓN DE CONTRATO
En el código sustantivo del
trabajo en el Artículo 62, menciona 15 posibles causas de despido justificado a
un empleado
1.
El haber sufrido
engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos
para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido.
2.
Todo acto de violencia, injuria, malos
tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores,
contra el empleador, los miembros de su familia, el personal directivo o los
compañeros de trabajo.
3.
Todo daño
material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y
materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo y
toda grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de
las cosas.
4.
Todo acto
inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento o
lugar del trabajo, o en el desempeño de sus labores.
5.
Cualquier
violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al
trabajador, de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del
Trabajo, o cualquier falta grave, calificada como tal en pactos o convenciones
colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.
Asistir en estado de embriaguez a laboral
6.
La
detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que
posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de ocho (8)
días, o aun por tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por
sí misma para justificar la extinción del contrato.
7.
El que el
trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de
carácter reservado, con perjuicio de la empresa.
8.
El
deficiente rendimiento en el trabajo, en relación con la capacidad del
trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se
corrija en un plazo razonable, a pesar del requerimiento del empleador.
9.
La
sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las
obligaciones convencionales o legales.
10.
Todo vicio
del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento
11.
La
renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas,
profilácticas o curativas, prescritas por el médico del empleador o por las
autoridades para evitar enfermedades o accidentes.
NO uso de elementos
de protección personal
12.
La
ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.
13.
El
reconocimiento al trabajador de la pensión de jubilación o invalidez estando al
servicio de la empresa
14.
La enfermedad contagiosa o crónica del
trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquier otra
enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya
sido posible durante ciento ochenta días. El despido por esta causa no podrá
efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las
prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la
enfermedad
En los casos de los numerales 9 a 15 de este artículo, para la terminación del contrato, el empleador deberá dar aviso al trabajador con anticipación no menor de quince (15) días.
BIBLIOGRÁFICA
1. http://mintrabajo.gov.co/preguntas-frecuentes/contrato-de-trabajo/330-9-icuales-son-las-justas-causas-que-tiene-el-empleador-para-dar-por-terminado-el-contrato-de-trabajo.htm;
Tomado 02 de abril del 2017, 10:25 am.
Aporte realizado por: Jessika Paola Montes Forero Cod. 1611020474
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